martes, 27 de octubre de 2015

Forma jurídica:

 Antes de empezar con la empresa, es imprescindible elegir qué tipo de forma jurídica íbamos a utilizar, adaptado a nuestras necesidades. Tras analizar diferentes formas jurídicas, nos hemos decantado por la Sociedad Limitada (S.L). Una sociedad limitada es una sociedad mercantil con personalidad jurídica cuyo capital está dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, que no pueden incorporarse a títulos negociables ni denominarse acciones y en la que los socios no responden personalmente por las deudas sociales. Estas son las características y por ellas nos hemos decantado:


Sus características son las siguientes:
1- Número de socios: mínimo de uno, sin existir límite máximo.
2- Responsabilidad de los socios: solidaria entre ellos y limitada al capital aportado, de manera que los socios no responden ante las deudas con su patrimonio personal.
3- Responsabilidad de la gestión: recae sobre los administradores, no sobre los socios.
4- Obligaciones fiscales: una sociedad limitada está obligada a tributar por el Impuesto de sociedades y el IVA.    
5- Capital: un mínimo de 3.000

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